Plataformas digitales
El Congreso rechaza amnistiar a las plataformas digitales y la 'ley Rider' sigue adelante
Los partidos entierran las amnistías millonarias que planteaban PP y PDECat y la norma seguirá su curso en el Senado
![Un repartidor a domicilio de la firma Glovo.](https://estaticos-cdn.prensaiberica.es/clip/3cd57933-e9cc-4c24-98da-26c70fd4df20_source-aspect-ratio_default_0.jpg)
Un repartidor a domicilio de la firma Glovo. / JOAN CORTADELLAS
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![Gabriel Ubieto](https://estaticos-cdn.prensaiberica.es/clip/6e924cae-cd34-4f9f-a982-bd2052bffe1a_source-aspect-ratio_default_0.jpg)
Gabriel Ubieto
Redactor
Periodista de economía, centrado en el mercado laboral. He crecido como redactor en El Periódico, pero antes hice prácticas en La Vanguardia y escribí durante seis meses desde Chile para Hemisfèria.cat. Ganador del premio Ramon Barnils (2015) por el reportaje "Els ultres prenen partit".
El Congreso de los Diputados ha rechazado este miércoles las enmiendas planteadas a la ley de trabajo en plataformas digitales, más conocida como 'ley Rider'. La Comisión de Trabajo de la cámara baja ha tumbado las distintas propuestas remitidas desde los grupos parlamentarios, entre las cuales se contaban las
amnistías millonarias planteadas desde el PP y el PDECat
. A partir de ahora la norma sigue adelante en su trámite legislativo y pasará al Senado para su fase definitiva. Al no haber sido modificada, el texto ya publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) sigue vigente tal cual y entrará en vigor a partir del 12 de agosto.
Los grupos parlamentarios han votado mayoritariamente a favor de conservar el texto pactado entre el Ministerio de Trabajo, la patronal y los sindicatos y han declinado incorporar las modificaciones que le planteaban desde las formaciones de derecha. Pues finalmente Más País retiró sus aportaciones y únicamente quedaron en pie las propuestas de PP, Vox, C's y PDECat, que han sido tumbadas. La 'ley Rider' refuerza la laboralidad del modelo de las plataformas digitales como Glovo, Deliveroo o UberEats y entierra la posibilidad de utilizar a trabajadores autónomos en el sector del reparto a domicilio.
PP había planteado una amnistía total para las empresas, librándolas de pagar las sanciones impuestas hasta ahora por la Inspección de Trabajo. Importes que entre todas las firmas del sector rondan los 30 millones de euros. El PDECat, por su parte, planteaba una amnistía parcial y, si bien accedía a que las compañías pagaran sus deudas pendientes, pretendía vetar por ley futuras inspecciones sobre cualquier actividad previa a la aprobación de la norma. Su propuesta también eximía a las 'apps' de tener que pagar cotizaciones antiguas en el caso de que finalmente estas compañías decidieran contratar directamente en sus plantillas a estos repartidores. De momento, la opción por la que están apostando las plataformas es subcontratar el servicio, algo que presenta dudas jurídicas y sobre lo que Inspección de Trabajo deberá pronunciarse, tras las denuncias sindicales.
Finalmente la mayoría en el Congreso ha rechazado incorporar estas cuestiones y la norma entrará en vigor el 12 de agosto sin modificaciones respecto a lo ya publicado en el BOE. Otra de las novedades de la norma es la reforma del artículo 64 del Estatuto de los Trabajadores, que permite que cualquier empleado pueda preguntarle a su empresa si hay algún algoritmo que repercute en su praxis diaria y en qué términos. Algunas voces han sostenido que esto era una invasión de la propiedad intelectual de las compañías, provocaron duros roces durante las negociaciones entre el Ministerio de Trabajo y los agentes sociales y no gustaron nada en los despachos del Ministerio de Economía.
El periplo de la 'ley Rider' no acaba tras esta votación y es que el Tribunal Constitucional deberá pronunciarse sobre la misma. Y es que Vox ya ha presentado formalmente un recurso de inconstitucionalidad sobre la misma y el PP anunció recientemente que seguirá el mismo camino. Ambas formaciones alegan que la tramitación como real decreto por la vía de urgencia ha vulnerado sus derechos parlamentarios y no está justificada. Sobre estos deberá pronunciarse el Constitucional, que primero deberá decidir si acepta o no a trámite los recursos.
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