En Consejo de Ministros
El Gobierno aprobará este martes la 'ley Rider', que entrará en vigor en agosto
Trabajo llevará al próximo Consejo de Ministros la nueva norma que refuerza los derechos de los repartidores de las ‘apps’, dos meses después de pactarla con patronal y sindicatos
Esta legislación será la primera en Europa que regula específicamente el trabajo en el sector de las plataformas digitales, como Glovo, Deliveroo o UberEats
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Compras a través de plataformas como Glovo: pros y contras / economia
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Gabriel Ubieto
Redactor
Periodista de economía, centrado en el mercado laboral. He crecido como redactor en El Periódico, pero antes hice prácticas en La Vanguardia y escribí durante seis meses desde Chile para Hemisfèria.cat. Ganador del premio Ramon Barnils (2015) por el reportaje "Els ultres prenen partit".
El Gobierno prevé aprobar en el Consejo de Ministros del próximo martes la nueva ‘Ley Rider’. Dos meses y un día después de que el Ministerio de Trabajo cerrará un acuerdo con patronal y sindicatos sobre esta nueva norma, el Ejecutivo lo validará y lo plasmará en el Boletín Oficial del Estado (BOE); según confirman fuentes del departamento liderado por Yolanda Díaz a EL PERIÓDICO. La ley, de breve redactado y que solo vinculará a los repartidores de plataformas digitales, refuerza su laboralidad y los encuadra específicamente como asalariados; tal como ya han ido dictando los tribunales durante los últimos años y en contra del criterio de las grandes plataformas, que hasta ahora los contrataban como autónomos.
La nueva ley de trabajo en plataformas incorpora una ‘vaccatio’ de tres meses, durante la cual las empresas del sector -como Glovo, Deliveroo o UberEats- deberán regularizar la situación de sus repartidores. Es decir, si el BOE publica la norma el miércoles, esta entrará en vigor el próximo 12 de agosto. Tres meses de transición que se suman a los dos meses extra de demora, que Trabajo justifica por la necesidad de elaborar unos informes técnicos para avalar la norma e indispensables por ley. A partir de mediados de agosto las compañías deberán haber regularizado su actual situación de fraude, tal como ya han dictado múltiples tribunales por toda España, incluyendo el Tribunal Supremo. A partir de ahora los jueces, que ya fallaban mayoritariamente a favor de que los 'riders' debían operar como asalariados, solo podrán optar por sentenciar en ese sentido.
La nueva legislación, que será aprobada una semana después de los comicios madrileños y constituirá la primera ley en Europa que regula específicamente el sector de las plataformas digitales, obligará a reestructurar por completo el modelo laboral de las firmas del sector. Y les supondrá un desembolso millonario para con las arcas de la Seguridad Social. La Inspección de Trabajo ha ido actuando de oficio y ante denuncias durante los últimos años y entre las principales empresas del sector (Glovo, Deliveroo, UberEats, Stuart y Amazon) ha destapado más de 17.500 falsos autónomos en los últimos años. Requiriendo a estas empresas el pago de más de 23 millones de euros, solo por su regularización.
Pues hasta ahora estas empresas empleaban a los repartidores como autónomos y eran estos los que asumían las cotizaciones sociales, además de la factura del teléfono, el vehículo y sus bajas y vacaciones (si las tenían o podían permitírselas). Lo que implica un menor ingreso para la Seguridad Social –pues la cotización de un autónomo es sensiblemente inferior a la de un asalariado- y mucho menor para la empresa, ya que las pocas obligaciones las pagaba hasta ahora el repartidor.
Más de 15.000 repartidores afectados
En el sector, según la patronal Adigital, operaban antes de la pandemia unos 15.300 ‘riders’. Y las empresas deberán decidir como reestructurar sus modelos. Es probable que no todos esos 15.300 riders pasen a ser asalariados y haya empresas que cubran sus pedidos con menos repartidores, asignando más horas a los que se queden.
El tipo de relación tampoco está claro. Estas empresas podrían transitar hacia un modelo como el de Just Eat, la empresa, junto con Glovo, que más pedidos mueve en España de comida a domicilio. Esta tradicionalmente no tenía flota propia de repartidores (ahora ha empezado a contratar a algunos, pero no da datos), sino que subcontrataba a empresas que le proveían de repartidores para luego redirigirlos a los restaurantes.
Otra opción sería optar por seguir apostando por un modelo de autónomos, pero subcontratándolos a través de cooperativas. Este es el modelo que hasta hace poco imperaba en gran parte de la industria cárnica. Las empresas pedían a unas cooperativas trabajadores y estos facturaban como autónomos a través de la cooperativa. Y la tercera opción posible sería que estas empresas dedicadas al reparto contrataran directamente a los repartidores. Glovo, Deliveroo o UberEats, entre otros, tendrán hasta mediados de agosto para decidirse.
Derecho de información sobre los algoritmos
La nueva 'Ley Rider', de escasos dos folios propiamente de legislación, incorpora también la reforma del artículo 64 del Estatuto de los Trabajadores. Este amplía el derecho de información de los representantes de los trabajadores y les concede potestad para preguntar sobre los algoritmos que utilice cualquier empresa.
Según el último borrador negociado con los agentes sociales, los sindicatos podrán pedir a cualquier empresa -sea del sector que sea- información sobre el funcionamiento de cualquier algoritmo que tenga incidencia en el día a día de los trabajadores. Algo con especial relevancia en, por ejemplo, en empresas que utilicen algoritmos para automatizar procesos de selección automatizados y así detectar si ese algoritmo opera con algún sesgos y discrimina sistemáticamente a algunos perfiles. O si una compañía utiliza nuevos sistemas para medir la productividad o distribuir la carga de trabajo, en modelos bajo demanda.
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