control del fraude
Inspectores 'robotizados': Trabajo automatiza sanciones contra empresas que abusen de la temporalidad
Yolanda Díaz impulsa la digitalización de trámites menores para agilizar la tarea de los inspectores
Uno de los sindicatos critica la medida, pues considera que va en contra de las garantías legales
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Yolanda Díaz / EFE / FERNANDO ALVARADO
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Gabriel Ubieto
Redactor
Periodista de economía, centrado en el mercado laboral. He crecido como redactor en El Periódico, pero antes hice prácticas en La Vanguardia y escribí durante seis meses desde Chile para Hemisfèria.cat. Ganador del premio Ramon Barnils (2015) por el reportaje "Els ultres prenen partit".
El mismo día que Pedro Sánchez ha anunciado 11.000 millones de euros para la digitalización de las pymes, el Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado una modificación de la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social según la cual quedan automatizados determinados procesos para sancionar a las empresas con prácticas laborales fraudulentas. El Ministerio de Trabajo incorpora así el cruce de datos a través de procesos informáticos para imponer multas, sin necesidad de que un inspector valide el acta. Una especie de 'inspector robotizado', similar al proceso automático que rige para imponer una multa de tráfico de bajo importe.
En pleno debate sobre el rol del algoritmo en la organización del trabajo de las nuevas plataformas, la ministra Yolanda Díaz mueve ficha para incorporar sus propios ‘algoritmos’ en la lucha contra el fraude laboral. La ministra pretende dotar de más herramientas a un cuerpo inspector que ronda los 1.980 efectivos para toda España, ante un mercado de trabajo con unos 19 millones de trabajadores en activo. Es decir, por cada 10.000 trabajadores toca un inspector.
La modificación aprobada este miércoles en el BOE para dar lugar a las “actas extendidas en el marco de actuaciones administrativas automatizadas”, según reza el boletín, es el preludio de una actualización del reglamento que deberá concretar estos procederes. Es decir, cuándo se aplican estos procesos automáticos, en qué tipo de faltas y cuáles son los límites de todo ello.
La intención de Trabajo es reservar estos procesos automatizados a casos en los que no sea necesaria una investigación 'in situ' por parte de un inspector y que la infracción sea flagrante ante un cruce de datos. La falta o la obsolescencia de información documental, por ejemplo, encajaría en estos supuestos. O la concatenación de contratos temporales, en un país en el que en el 2020 se firmaron más de 16 millones de contratos. Dicha revisión del reglamente, que fecha del 2000, irá de la mano también de una actualización del importe de las sanciones, sin revisar desde el 2007; tal como ha anunciado en reiteradas ocasiones la ministra de Trabajo.
Rechazo sindical
La disposición final cuarta aprobada este miércoles en el BOE, aprovechando el real decreto ley de la prórroga de los ertes, no ha sentado bien en uno de los dos principales sindicatos de inspectores. "Esta medida quiebra la reserva de la función inspectora que la Ley atribuye a los funcionarios del cuerpo superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social y del Cuerpo de Subinspectores Laborales", consideran desde el Sindicato de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social (SITSS).
Desde la central consideran que esta iniciativa "pretende sustituir" a funcionarios por programas informáticos y reclaman nuevas incorporaciones ‘de carne y hueso’, ante la falta de funcionarios disponibles en el cuerpo. El otro gran sindicato, la UPIT, no se ha manifestado y fuentes consultadas del mismo señalan que están a la espera de ese nuevo reglamento, que dará cuerpo a las actuaciones y les permitirá evaluar si la automatización de dichos procesos es compatible con las garantías legales de empresas y trabajadores.
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