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El Consejo de Ministros aprueba la prórroga de los ertes hasta el 30 de junio

Gobierno, sindicatos y CEOE acuerdan un marco para el mantenimiento del empleo por parte de las empresas

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Max Jiménez Botías / Sara Ledo

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El Consejo de Ministro ha aprobado este viernes el decreto para alargar los ertes, después de que durante el día de ayer alcanzara un principio de acuerdo con los agentes sociales en el marco del diálogo social. El texto de este preacuerdo contempla extender hasta el 30 de junio de este año los ertes de fuerza mayor derivados del covid-19, ya sea por fuerza mayor total (sin reinicio de la actividad) o parcial (recuperación de una parte de la actividad).

Por el acuerdo del Consejo de Ministros, se podrán, además, prorrogar estos ertes "en atención a las restricciones de la actividad vinculadas a razones sanitarias que subsistan llegado el 30 de junio", aunque solo en caso determinados.

Uno de los principales caballos de batalla de esta negociación ha sido la cláusula de mantenimiento del empleo asociada a los ertes. En este punto es donde más reticencias mostraba la CEOE, aunque finalmente ha dado el visto bueno al preacuerdo alcanzado con Gobierno y sindicatos para prorrogarlos, aunque con posiciones muy críticas por parte de algunas patronales y con el planteamiento de que se revise teniendo en cuenta la situación de cada sector. El principal cambio que ha podido arañar la patronal es la desvinculación de este compromiso de empleo sobre los ertes que no sean por fuerza mayor (se excluyen los ertes por causas económicas o productivas). "La realidad es que lo que pasará dentro de poco es que muchísimos ertes vayan de forma automática a pasar de fuerza mayor a otro tipo", ha apuntado Garamendi en una rueda de prensa virtual. 

También ha ratificado el preacuerdo la comisión ejecutiva de la UGT y la de CCOO. Según un comunicado el sindicato ugetista, el acuerdo "supone ampliar la red social y laboral acordada al inicio de la crisis para proteger a cuatro millones de trabajadores y cientos de miles de empresas". El secretario general de CCOO, Unai Sordo, ha destacado el valor del acuerdo alcanzadoentre otras razones "porque no consumirán las prestaciones por desempleo de los trabajadores afectados". Para los sindicatos, el acuerdo "ata más las cláusulas de salvaguardia de empleo". La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha destacado en la rueda de prensa tras el consejo, "la aportación de los agentes sociales, que han hecho posible lo que este país esperaba".

La regulación del 17 de marzo <strong>vinculaba las ventajas de los ertes</strong> derivados del covid-19 a que las empresas mantuvieran el empleo durante seis meses desde la fecha de reanudación de la actividad. En el texto que el Gobierno y los agentes sociales han aprobado se flexibiliza esta cláusula, aunque no desaparece. Se especifica que este cómputo de seis meses empezará a contar desde la incorporación al trabajo efectivo de personas afectadas por el erte por fuerza mayor, aun cuando este sea parcial o solo afecte a parte de la plantilla.

Mantenimiento del empleo

En el texto, este compromiso de mantenimiento del empleo se considerará incumplido si se despide a cualquier trabajador afectado por el erte, aunque con excepciones (despido disciplinario procedente, dimisión, muerte, jubilación, incapacidad total, absoluta o gran invalidez y extinción de un contrato temporal por finalización de su vigencia o por el fin de la obra o servicio contratado). En el caso de incumplimiento de esta cláusula, las empresas deberán devolver todas las cuotas de las que fueron exoneradas, con recargo e intereses de demora.

Ahora bien, se especifica que este compromiso de mantener el empleo seis meses después de reanudar la actividad no será de aplicación a aquellas empresas que tengan riesgo de entrar en concurso de acreedores. Una petición de la patronal que la considera una "cláusula importante porque es difícil que una empresa mantenga el empleo si está en una situación casi imposible", según Garamendi. 

El decreto también contempla la opción de que los ertes puedan prolongarse más alla del 30 de junio. Pero eso dependerá de una comisión de seguimiento tripartita que analizará proceso de desconfinamiento cada 15 días para valorar si hay sectores "o circunstancias" que precisan de una gestión más prolongada de los ertes. "Si la comisión considera que hay sectores en los que deben prolongarse los ertes, así se hará", ha comentado la ministra de Trabajo. La comisión estará integrada por El Ministerio de Trabajo, CEOE y Cepyme y los sindicatos de UGT y CCOO. 

Según ha explicado la CEOE se establecerá un diálogo en base a distintos parámetros, no solo sectoriales, sino también por empresas (vinculadas con los sectores más afectados, como por ejemplo una empresa de aire acondicionado) o territorios (ante la posibilidad de que unas empresas estén en fase 1 y otras en la fase 4, por ejemplo).

Forma de decreto-ley

El texto, que está elaborado en forma de real decreto-ley, establece que no podrán acogerse a ertes de fuerza mayor las empresas y entidades con domicilio en paraísos fiscales. Además, se precisa que las empresas que se acojan a estos procedimientos no podrán repartir dividendos durante el ejercicio fiscal correspondiente a la aplicación del expediente, excepto si devuelven a la Seguridad Social las cuotas de las que fueron exoneradas. No obstante, esta limitación no será aplicable a las compañías que, a 29 de febrero de este año, contaran con menos de 50 trabajadores.

El texto contempla que las prestaciones por desempleo asociadas a los ertes (que se conceden sin necesidad de cumplir el periodo de carencia) se mantendrán hasta el 30 de junio, salvo las de los fijos-discontinuos, que serán de aplicación hasta el 31 de diciembre.

De acuerdo con este borrador del preacuerdo, a partir del desconfinamiento se facilitará la transición de ertes de fuerza mayor a ertes por causas organizativas, técnicas, económicas o de producción y se permitirá que estos últimos se tramiten mientras estén vigentes los primeros.

Exoneración de cuotas

La regulación que se dio a mediados de marzo a los ertes por fuerza mayor derivados del covid-19 establece una exoneración de cotizaciones del 75% para las empresas que a 29 de febrero de este año tuvieran más de 50 trabajadores en alta en la Seguridad Social y del 100% para las que tuvieran menos de 50 trabajadores.

En el texto del preacuerdo se señala que estas exenciones se mantendrán en mayo y junio para los ertes de fuerza mayor total. En el caso de ertes de fuerza mayor parcial, la empresa se beneficiará de una exención por los trabajadores que vuelvan a la actividad del 85% en mayo y del 70% en junio en el supuesto de que a 29 de febrero de este año su plantilla fuera inferior a 50 trabajadores. Si contaba con más de 50, la exención alcanzará el 60% en mayo y el 45% en junio.

En el caso de los trabajadores que se queden en el erte y sigan con sus contratos suspendidos, la exención empresarial será del 60% en mayo y del 45% en junio para empresas de menos de 50 trabajadores, y del 45% en mayo y del 30% en junio para las que tengan más de 50 empleados. Todas estas exenciones podrán ser prorrogadas en los mismos términos o en otros distintos si así lo decide el Consejo de Ministros.