Derechos de los consumidores

¿Cambia algo tras la multa de Consumo a las aerolíneas 'low cost'? ¿Podrás subir gratis la maleta al avión este verano?

El Ministerio ha sancionado con 150 millones de euros a Ryanair, Vueling, EasyJet y Volotea por esta y otras prácticas que consideran abusivas

Multa histórica de 150 millones de euros a Ryanair, Vueling, EasyJet y Volotea por cobrar por el equipaje de mano

Multa histórica de 150 millones de euros a Ryanair, Vueling, EasyJet y Volotea por cobrar por el equipaje de mano

Multa histórica de 150 millones de euros a Ryanair, Vueling, EasyJet y Volotea por cobrar por el equipaje de mano / MANU MITRU / VÍDEO: EL PERIÓDICO

Paula Clemente

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Nueva vuelta de tuerca al conflicto que rodea a la obligación de pagar por subir la maleta a la cabina del avión cuando se viaja con una aerolínea 'low cost'. El Ministerio de Consumo ha trasladado a Ryanair, Vueling, EsayJet y Volotea su decisión de hacer definitiva una multa de 150 millones de euros en total por varias prácticas que encuentra abusivas, entre ellas, hacer al cliente pagar por viajar junto a su equipaje de cabina. Lo histórico del movimiento y la cuantía de las multas han hecho correr como la pólvora la noticia, y, como es habitual en estos casos, que resurja la pregunta más importante: ¿Quiere decir eso que a partir de ahora se puede subir gratis la maleta de mano al avión? Vayamos por partes

¿Qué castiga el Ministerio de Consumo y por qué esta multa ahora?

¿Qué castiga el Ministerio de Consumo y por qué esta multa ahora?

El Ministerio en cuestión abrió hace aproximadamente un año un expediente a cuatro aerolíneas ‘low cost’ tras numerosas denuncias de asociaciones de consumidores por cuestiones como el cobro del equipaje de mano o por la selección de asientos aun cuando se viaja con un menor o persona dependiente. Lo hizo en verano del año pasado, tras una investigación que terminó en una propuesta de sanción. Entonces, las aerolíneas presentaron sus alegaciones. Lo que ha trascendido este viernes es que la secretaría de Consumo ya las ha estudiado y tomado una decisión al respecto: confirmar una multa de 150 millones de euros en total por esta serie de prácticas.

¿Cambia algo a partir de ahora?

¿Cambia algo a partir de ahora?

No, de momento. Fuentes del Ministerio de Consumo aseguran que la sanción es definitiva, pero no firme, lo que quiere decir que las aerolíneas tienen derecho a recurrir la decisión. Y, de hecho, la Asociación de Líneas Aéreas (ALA) ya ha advertido de que así lo harán, con lo cual el asunto sigue tan enmarañado como lo estaba antes de que este órgano gubernamental tomara su decisión. Dicho de modo más simple: estas aerolíneas te seguirán cobrando por subir tu equipaje de mano a bordo del avión y poco más puedes hacer si estás en contra, que poner una reclamación a una agencia de Consumo.

¿Cabe la posibilidad de que cambie la cosa de cara al verano?

¿Cabe la posibilidad de que cambie la cosa de cara al verano?

Dificilmente. El recurso de alzada que tienen derecho a poner ahora las aerolíneas, no es la última de sus bazas. Si el ministro Pablo Bustinduy decidiera mantener la sanción incluso después del recurso de las compañías afectadas, estas podrían acudir a los tribunales y que el conflicto pasa a terreno judicial. Teniendo en cuenta que el verano empieza oficialmente dentro de un mes y que los tiempos judiciales son más bien lentos, no es algo que parece que se pueda resolver a tiempo para estas vacaciones.

¿Por qué es tan complejo este asunto?

¿Por qué es tan complejo este asunto?

Porque no hay una legislación clara y firme que estipule directamente si se puede cobrar o no por subir el equipaje de mano a bordo del avión. Las aerolíneas aseguran que las ampara el Reglamento Europeo 1008/2008 que les da libertad de fijación tarifaria. Ellas argumentan que al avión siempre se puede subir con equipaje (en referencia a un bulto que tiene que caber debajo del asiento) y que si cobran por un tipo de maleta en concreto es por no cargar a un pasajero que viaje prácticamente con lo puesto con costes que no le corresponden. En cambio, las diferentes agencias de consumo y organizaciones en defensa de los derechos de los Consumidores se escudan en la ley española de navegación aérea, que establece que una empresa transportista tiene que trasladarte tanto a ti como a tus pertenencias. También en una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que ya declaró ilegal esta práctica.

¿Qué aconsejan las asociaciones de consumidores?

¿Qué aconsejan las asociaciones de consumidores?

Seguir insistiendo en las reclamaciones ante el cobro de este tipo de servicios. "Los consumidores tienen derecho a reclamar la devolución de estos cargos extra", afirma, por ejemplo, Facua, quien insta a interponer denuncias ante las autoridades de consumo de cada comunidad autónoma en caso de que la aerolínea responda negativamente. También han celebrado la decisión la OCU o CECU, que ha aprovechado también para animar a las personas afectadas a acudir a las asociaciones de consumidores para poner su reclamación ante un comportamiento que califican de ilegal.

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