DELITO DE ODIO
Dos jóvenes se enfrentan a dos años de cárcel por agredir a un sintecho en Barcelona
La agresión fue grabada por las cámaras de seguridad de la oficina bancaria donde dormía la víctima
J. G. Albalat
Redactor
Ha trabajado en el Diario de Barcelona, El País y AVUI. Desde hace años en El Periódico cubriendo los acontecimientos judiciales. Premios Ortega y Gasset, Save the Children, Ramon Barnils y Josep Maria Planes por la investigación del 'caso Maristas' sobre abusos sexuales en los colegios. En el 2016, mención honorífica de la Generalitat en el Día de la Justicia. Colaborador de publicaciones jurídicas. Profesor asociado Master de Criminología de la Universitat de Barcelona.
J. G. ALBALAT / BARCELONA
El fiscal pide dos años de cárcel para dos jóvenes acusados de propinar tres puñetazos a un sintecho que pasaba la noche en una oficina bancaria de la calle Viladomat de Barcelona, en un caso de aporofobia en el que ambos humillaron y denigraron a la víctima por su extrema pobreza y su elevado grado de vulnerabilidad.
El fiscal de Servicios de Delitos de Odio y Discriminación, Miguel Ángel Aguilar, acusa a los dos jóvenes de un delito contra la integridad moral, con la agravante de abuso de superioridad, y un delito leve (las antiguas faltas) de lesiones y, además de la pena de prisión, pide para ellos una multa de 1.620 euros y que indemnicen a la víctima con 500 euros por las lesiones sufridas y con 3.000 euros por el daño moral causado. También reclama que se prohiba a los dos investigados comunicarse por cualquier medio o procedimiento a la víctima, Manuel, así como acercarse al mismo en un radio de 1.000 mertos. Todo ello durante cuatro años
La agresión, que fue grabada por las cámaras de seguridad de la oficina de Caixabank, ocurrió a las 05.58 horas del 9 de octubre del 2016 en una sucursal situada en el número 225 de la calle de Viladomat de Barcelona, donde el sintecho, que vive en la calle desde hace cuatro años, estaba durmiendo.
EMPUJÓN Y PUÑETAZOS
Los dos jóvenes, David y Jaime, ambos de nacionalidad española, golpearon insistentemente a la puerta de la oficina para poder acceder al cajero automático, ya que la oficina estaba cerrada, hasta que consiguieron que el sintecho les abriera. Los dos acusados entraron en el habitáculo simultáneamente. Nada más hacerlo y sin mediar palabra, David propinó a la víctima un fuerte empujón y un puñetazo en el ojo izquierdo, que le tumbó al suelo, según el fiscal. La ac usac
Cuando del indigente intentaba levantarse, David le dio otros dos puñetazos en el rostro. Mientras Jaime, el otro acusado, reía y no hacía ningún gesto para tratar de impedir la agresión que protagonizada por su amigo, llegando al extremo de reforzar "la situación de miedo generada" diciéndole con tono desafiante e intmidatorio: "En un momento se acaba todo"l.
HUMILLACIÓN
Para la fiscalía barcelonesa, ambos jóvenes actuaron con ánimo no solo de menoscabar la integridad física del sintecho, sino también de humillarlo y denigrarlo por su situación de vulnerabilidad derivada de su extrema pobreza, aprovechando la soledad de la víctima y que la oficina bancaria donde se produjo la agresión estaba cerrado al público.
En su escrito de acusación, el fiscal remarca que el sintecho golpeado y vejado vive desde hace cuatro años en la calle y su situación personal es "de gran vulnerabilidad". no solo por carecer de hogar, trabajo y soporte familiar, sino también ha sufrido enfermedades que le suponen importantes limitaciones. Así, está ciego del ojo derecho y conserva sólo el 40% de la visión del ojo izquierdo, precisamente en el que recibió los puñetazos. Además, tiene dificultades de habla porque ha sufrido un cáncer de lengua.
LA SENTENCIA
En pasado mes de marzo, la Audiencia de Barcelona confirmó la pena de dos años de cárcel para un joven condenado por un caso similar. En este supuesto, el acusado agredió agredió, insultó y escupió a una indigente que dormía en la calle al lado de un cajero automático. La condena fue más dura porque se aprovechó de la "extrema vulnerabilidad" de la víctima, a la vez que actuó "movido por el desprecio que sentía hacia las personas sin hogar". El tribunal rechazó el recurso del acusado y avaló la condena que le había impueto un juzgado penal.
En su recurso, el encausado reconoció ser autor de las lesiones, pero negó que su intención fuese atentar contra la dignidad de la mujer, incidiendo en que su escupitajo no lo dirigía a ella sino contra el cajero al no haber podido sacar dinero. Sin embargo, los jueces dinero plena credibilidad a las declaraciones de la víctima y a una testigo
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