El Supremo avala la anulación del uso preferente del catalán en las diputaciones de Lleida y Girona
Rechaza los recursos que se centraban en negar legitimación activa a la asociación Convivencia Cívica
La Sala 3 del Tribunal Supremo desestima sendos recursos de las diputaciones de Lleida y Girona contra las resoluciones del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya que anularon parcialmente los reglamentos para el uso de la lengua catalana en ambas diputaciones, en cuanto señalaban como preferente el uso de la lengua catalana, y también en lo que se refería a la carga al ciudadano de explicitar su opción lingüística mediante una petición formal expresa.
El Supremo rechaza los recursos de las diputaciones, que se centraban en negar legitimación activa a la asociación Convivencia Cívica Catalana para impugnar los reglamentos citados (fue la entidad que llevó el caso al Tribunal Superior catalán), y en defender que no se siguió el procedimiento adecuado.
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