60.000 EUROS DE INDEMNIZACIÓN

El Supremo condena a Jiménez Losantos por vincular a ERC con amenazas armadas

La sentencia considera que el artículo no puede acusar sin basarse en condena previa

Federico Jiménez Losantos, en el 2008.

Federico Jiménez Losantos, en el 2008. / periodico

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ElTribunal Supremo ha confirmado la condena contra el periodistaFederico Jiménez Losantos que había dictado laAudiencia Provincial de Barcelona por daños al honor y la imagen de ERC, a la cual vinculó, en un artículo, con la tenencia de armas para amedrentar o incluso matar a los adversarios políticos.

La condena ahora confirmada incluye el pago de60.000 euros en concepto de indemnización por los daños y perjuicios causados, que serán destinado a una fundación sin ánimo de lucro.

"En las sedes de Esquerra hay o puede haber armas", decía el artículoRequisa de armas, publicado en el diarioEl Mundo el 4 de octubre de 2007 y añadía que "hay voluntad psicológica y política de emplearlas para amedrentar y, eventualmente, matar a adversarios políticos, que para cualquier pistolero pueden serlo todos".

Frases como estas llevaron a laAudiencia de Barcelona a condenar al periodista y al Supremo a confirmar esa sentencia, con el argumento de que no es admisible hacer ese tipo de acusaciones en público sin basarse en una condena previa por esos delitos sobre aquellos a quienes se imputan. El periodista argumentó en su favor que el artículo fue escrito en un estilo periodístico caracterizado por la sátira y la ironía.

No aplica libertad de expresión

"No puede primar la libertad de expresión del Sr. Jiménez Losantos, ya que las imputaciones que se realizan en el artículo sobre la tenencia de armas, su utilización para amedrentar e, incluso,matar a los adversarios políticos, tenían unagravedad extrema", dice la sentencia. Se trata de una "imputación inequívoca de delitos graves", añade el Supremo, pero no existen condenas penales previas contra aquellos a quienes se imputan esos delitos, "lo que supone un agravio innecesario de la dignidad o el prestigio del partido político".

Jiménez Losantos argumentaba también en su recurso que sus críticas se sumaban a las que otros medios de comunicación estaban publicando en aquel momento, contra ERC, por justificar el terrorismo.

Militantes castigados

El Tribunal recuerda que "es cierto que el artículo se escribió en relación al hecho de que el presidente deCiutadans de Catalunya, Albert Rivera,recibió una fotografía suya con un tiro en la frente, en relación con lo cual fueron detenidos dos jóvenes militantes de las Juventudes de ERC". Aquellos militantes, añade la sentencia, "quedaron en libertad provisional con cargos" y ERC "inició un expediente contra los mismos", añade.

En cualquier caso, "la detención de dos militantes de un partido, que no han sido condenados y que quedan sometidos a la presunción de inocencia, no puede hacer predicable la misma conducta al resto de la organización política" y, de hecho, el propio Rivera no acusó a ERC, como sí hace Jiménez Losantos.