Novagalicia, condenada por vender obligaciones subordinadas a un bebé de 4 meses
La entidad debe devolver 4.800 euros del contrato, el interés legal del dinero desde la fecha de suscripción de los valores y las costas del procedimiento judicial
![Una pareja con un carro de bebé pasa por delante de una sucursal de Novagalicia, en Vigo.](https://estaticos-cdn.prensaiberica.es/clip/ccfd95d9-2980-4fca-b9e9-73ba0bb3466b_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg)
Una pareja con un carro de bebé pasa por delante de una sucursal de Novagalicia, en Vigo. / CS
El Juzgado de Primera Instancia número 4 de Ponferrada (León) ha condenado a Novagalicia Banco (NCG) a devolver 4.800 euros de un contrato de obligaciones subordinadas en el que un bebé de cuatro meses figuraba como ordenante.
La titular del juzgado ha declarado nulo el contrato y ha condenado, además, a la entidad bancaria a pagar el interés legal del dinero desde la fecha de suscripción de los valores así como las costas del procedimiento.
En la sentencia, fechada el 29 de noviembre y que se ha hecho pública este martes, la jueza subraya que la orden de suscripción se encuentra a nombre de dos titulares (cuenta asociada), pero la ordenante es un bebé de apenas 4 meses.
"Dicho dato objetivo determina ya por sí mismo la inexistencia de información por el personal bancario o al menos que la misma pudiera comprender con tal edad", afirma la magistrada en la sentencia.
En su argumentación, la jueza considera probado que la entidad financiera vendió al cliente un "producto financiero complejo" que requeriría una información previa a la firma del contrato, información que NCG alega haber proporcionado mediante la entrega de un tríptico informativo pero que la magistrada considera "no acreditado".
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